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Para no perder la costumbre #parapensar tenemos el siguiente artículo de D. Jose Luis Requero, magistrado, que ha querido compartir con nosotros encantado cuando se lo hemos solicitado. Muy agradecidos y esperemos seguir contando con su colaboración.
Para no perder la costumbre #parapensar tenemos el siguiente artículo de D. Jose Luis Requero, magistrado, que ha querido compartir con nosotros encantado cuando se lo hemos solicitado. Muy agradecidos y esperemos seguir contando con su colaboración.
TRÁFICOS
Llegan
terribles noticias sobre los desparecidos en el Mediterráneo, casi el millar tan
sólo en uno sólo de esos viajes de Túnez o Libia a las islas italianas, la
primera costa europea. Un drama al que se añade otro más y es que tras esa
inmigración hay mafias dedicadas al tráfico de personas. No es el único ejemplo
de tráfico de personas; hay otro que sale a relucir cuando se plantea legalizar
la prostitución y que nos recuerda ‑por si alguno lo había olvidado- que hay
trata de blancas, que no estamos ante una actividad laboral más, sino ante
situaciones de explotación, de esclavitud.
La ONU se ha involucrado en la lucha contra tales prácticas. No se trata
ahora de comentar las distintas
convenciones y pactos, pero sí dejar constancia de que existe el Protocolo de las Naciones Unidas para
Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y
Niños y otro es el Protocolo de las Naciones Unidas contra el
Contrabando de Migrantes por Tierra, Mar y Aire. Tras esos instrumentos
late la preservación de la dignidad
humana –especialmente en el caso de los menores- frente a prácticas que
conciben a la persona como objeto comercial.
Pero hay otras modalidades de tráfico
de seres humanos, en especial de niños. Es el caso de las redes de adopción
ilegal tras las cuales no es difícil imaginar hechos terribles como el
secuestro en sus países de origen o su compra a familias sin recursos. De nuevo
la afrenta a la dignidad humana salta a la vista, acentuada en ese caso por ser
las víctimas las personas más indefensas.
Aun hay otra modalidad más de tráfico que ya no es delictiva sino un
Derecho en algunos países y se apoya en algo sentimental: el deseo de tener un
hijo erigido el Derecho ilimitado. Es la maternidad subrogada o por sustitución:
los “vientres de alquiler”. ¿Exagero?, ¿es injusto hablar aquí de tráfico de
personas?. Hay una madre biológica que lo
es por dinero, que comercializa con su maternidad y su hijo es el objeto del
contrato, el producto que entrega al cliente.
Esos clientes son parejas heterosexuales
infértiles y, sobre todo, homosexuales;
a éstos, como por definición la naturaleza no les da lo que desean, lo buscan
por contrato. Es un capítulo más de la imposible relación entre fecundación
artificial y dignidad humana, agudizada tras la reciente aprobación
en el Reino Unido de la posibilidad de utilizar genes de tres personas
en la reproducción asistida, es decir, que podrá haber hijos de tres padres.
El legítimo deseo de tener un hijo no lo justifica todo,
tampoco hacerlo contratando los servicios de una madre. En
España la filiación viene dada por el parto, no por contrato, de ahí que el Tribunal Supremo rechazase la
inscripción en los registros consulares
españoles de esos hijos contractuales, nacidos en países donde es legal. El
Supremo lo dijo a propósito de una pareja homosexual que contrató un útero y la
Sentencia consideró esa inscripción contraria al orden público
internacional español e incompatible con la regulación de aspectos esenciales
de las relaciones familiares, inspiradas en los valores constitucionales de
dignidad de la persona, respeto a su integridad moral y protección de la
infancia.
Sin embargo el Ministerio de Justicia fue sensible a las reclamaciones de los
afectados y ordenó a los registros consulares que inscribiesen automáticamente los
nacimientos de niños nacidos mediante estos contratos. Aplicaba una sentencia del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaró que es contrario al Convenio
Europeo de Derechos Humanos negar la filiación a estos hijos contractuales. En su descargo
hay que decir que se trataba de solucionar un vacío legal que dejaba a esos
niños sin nacionalidad ni filiación.
Finalizo con otro caso felizmente
solucionado; no es lo
mismo, pero se acerca: en 2011 el Tribunal de Justicia de Luxemburgo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
dijeron que va contra la dignidad del ser humano la patentar células progenitoras neuronales obtenidas a
base de células madre embrionarias, es decir, humanas. El Tribunal de
Luxemburgo dijo que el cuerpo humano, en
los diferentes estadios de su desarrollo, no es una invención patentable y que
por razón de la dignidad de la persona, es contrario al orden público o a la
moralidad la clonación de seres humanos y el empleo de embriones humanos con
fines industriales o comerciales.
Haya o no delito en todo esto, hay algo
en común: se mercantiliza la vida humana, se desprecia su dignidad. Desde un embrión a un inmigrante.
Publicado en Mundo Cristiano-Junio 2015
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